Así mismo, presenta a consideración del Consejo General el proyecto de dictamen de pérdida de registro del partido político o agrupación política que no cumplan con lo establecido por esta Ley; e integrar los expedientes relativos a las faltas administrativas en materia electoral y, en su caso, proponer las sanciones en los términos de la presente Ley.

Está conformado por el Presidente del Consejo General, quien lo preside, el Secretario Ejecutivo del Instituto y por las direcciones de Organización Electoral, de Capacitación Electoral y Educación Cívica, de Administración, Jurídica y por las Unidades Técnicas.

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