Se informa a la ciudadanía que este Instituto llevará a cabo el segundo periodo vacacional el cual comprenderá del 22 de diciembre de 2025 al 9 de enero de 2026, reanudando labores el día 12 de enero de 2026.
Adicionalmente, se les hace saber que conforme a lo dispuesto en los artículos 7, numerales 1 y 2, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, y 8, numerales 1 y 2, de la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de Participación Ciudadana para el Estado de Durango, los días comprendidos en el periodo señalado serán inhábiles para efectos del cómputo de plazos procesales relacionados con la interposición, sustanciación y resolución de medios de impugnación, incluidos los juicios laborales; así como para cualquier otro plazo legal o requerimiento administrativo o jurisdiccional que se formule a este Instituto Electoral.